I.E.S. "LOPEDEVEGA"

El uso del teléfono móvil en el centro.

En relación a la Instrucción de 4 de diciembre de 2023 de la Viceconsejería de desarrollo educativo y formación profesional sobre determinados aspectos para la regulación del uso de los teléfonos móviles en los centros educativos dependientes de la Consejería de desarrollo educativo y formación profesional, nuestro centro en sesión celebrada el pasado 20 de diciembre del corriente ha aprobado el siguiente texto que se incorporará a nuestro Reglamento de Organización y Funcionamiento a partir del próximo 8 de enero de 2024 y tendrá una latencia de una semana hasta la aplicación de posibles correcciones por incumplimiento de la misma:

 

Los teléfonos móviles, aparatos electrónicos y similares del alumnado deberán estar desconectados durante las clases (incluidas las horas en que estén atendidos por los profesores de guardia) y serán depositados al inicio de la misma en un recipiente o similar habilitado para su almacenamiento a excepción del alumnado de los niveles de postobligatoria que podrán tenerlos en sus mochilas o bolsos de trabajo (Consejo escolar 17/10/2024).

Los profesores podrán retirar los dispositivos que use el alumnado sin autorización. La retirada del dispositivo se deberá efectuar en las dependencias administrativas del centro o en alguna otra de cualquier miembro del equipo directivo en presencia de, al menos, dos miembros del mismo y solicitando al alumnado que proceda a apagar el teléfono móvil. Posteriormente, el dispositivo móvil retirado será depositado en el despacho de la dirección del centro que procederá a su custodia hasta que sea devuelto a los representantes legales del alumnado afectado.

 

Excepcionalmente, dichos aparatos podrán usarse en clase con autorización del profesor y siempre que sea para el desempeño de alguna actividad académica propia de la materia no permitiendo su uso en el centro para otros menesteres ni en los intercambios de clase ni en los recreos.

 

Nota I: Excluye el uso de estos dispositivos al alumnado que lo requiera atendiendo a sus circunstancias personales que tendrán que ser debidamente acreditadas ante la dirección del centro por los representantes legales del alumnado.

 

Nota II: Debido a lo particular de nuestro centro que recibe alumnado de núcleos de población diferentes a donde se encuentra ubicado, en caso de que el dispositivo sea requisado al alumnado por un mal uso, podrán comunicar mediante un documento debidamente firmado por los tutores legales la justificación sobre la imposibilidad de personarse en la dirección del mismo para ser entregado, pudiendo hacerlo, si fuera el caso, al alumnado en cuestión.

 

Correcciones:

1º. Falta leve: Amonestación y retirada a dirección del dispositivo.

2º. Falta leve: Amonestación, retirada a dirección del dispositivo y prohibición de traerlo al centro en un periodo lectivo de 5 días.

3º. Falta leve: Expulsión de 1 día.

4º. Falta grave: Reiteración de faltas leves.

 

 

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